Publicado en Mayo 25, 2014 Nuevo Accion
A raíz del genocidio cometido por los Castro en contra de las dos avionetas de “Hermanos al Rescate” el congreso federal de Estados Unidos aprobó y promulgó una ley conocida como la “Helms-Burton”.
Era una ley de paños tibios, salvo UN CAPÍTULO, el llamado “Capítulo III”. ¿Qué dice este capítulo? Más o menos, palabras más, palabras menos… y para que no hagan tanto esfuerzo en “arduas” investigaciones, este capítulo dice que los buques y aeronaves que toquen tierra cubana, no podrán tocar tierra norteamericana por un lapso relativamente prolongado. Cabe recalcar que la Ley Helms-Burton sin el Capítulo III es como una guarimba mal hecha: ninguna de las dos sirven para un carajo.
En tres platos, esto quiere decir que las empresas y países (como Venezuela), que exportan sus productos y bienes a Cuba, tendrían que escoger entre hacer negocio con los Castro o con los norteamericanos. En el caso de Venezuela, mientras los cubanos castristas NO PAGAN por el crudo y la gasolina ya refinada que le manda a Cuba, los norteamericano pagan su justo valor y al momento. Sería lógico suponer que Venezuela escogería hacer negocios con los norteamericanos y no con los cubanos. Lo mismo podríamos suponer con respecto al resto de los países del planeta Tierra.
Este capítulo produjo cualquier cantidad de protestas. El mundo, en general, puso el grito en el cielo, alegando que Estados Unidos no tenía el derecho de controlar el comercio mundial. Esto, por supuesto, NO ES CIERTO. Estados Unidos no dice que los buques o aeronaves que toquen puertos cubanos NO PUEDEN tocar puertos en otros países, además de Estados Unidos… una nación soberana que está en su derecho de imponer reglas en cuanto a quiénes pueden y quiénes no pueden entrar en su territorio nacional.
Los cubanos son expertos en muchas cosas, como ya se habrá dado cuenta el grueso de la población venezolana. Son expertos, además, en hacer lobby entre los países democráticos. Ahí mismito movieron sus tentáculos diplomáticos y de propaganda, logrando que el Capítulo III de la Ley Helms-Burton se engavetara, se congelara.
Hasta el día de hoy, mal que bien, la Helms-Burton es aplicada en todas sus partes, menos en lo referente al Capítulo III, el cual está sujeto a revisión y aprobación del presidente norteamericano de turno, quien – cada seis meses – debe aprobar si se aplica o no. Algunas de las partes un poco “calientes” de la mencionada ley, por cierto, ya han sido modificadas o suspendidas. Hace muy poco (días), un grupo de “lumbreras” mundiales, entre las cuales se encuentra el ex ministro de Hacienda venezolano, Moisés Naím, le escribió una carta al presidente Obama para que promoviera el restablecimiento de las relaciones bilaterales, NORMALES, entre Estados Unidos y Cuba:
Hasta ahora, TODOS LOS PRESIDENTES NORTEAMERICANOS, desde el año 1996 (año en el que fue publicada la ley), han engavetado – CADA SEIS MESES – el Capítulo III de la Ley Helms-Burton.
Ahora bien. ¿Qué sucedería en la Cuba de los Castro si el Capítulo (o “Título”) III de la Ley Helms-Burton fuese aplicada? Que los cubanos, que EL PUEBLO DE CUBA, no recibiría absolutamente nada del mundo occidental… por lo menos. La situación de hambruna sería INSOPORTABLE para el régimen castro-estalinista de los Hnos. Castro. En consecuencia, el régimen se desintegraría en HORAS.
Por supuesto, el Capítulo III afectaría a toda la población, es cierto. Sin embargo, ese sacrificio sería pecata minuta para lo que ese pueblo lleva sufriendo por más de MEDIO SIGLO. ¿Cuánto pudiera durar un régimen sin comida… sin gasolina y sin todo lo demás que se necesita para que una sociedad subsista? No mucho, pensaría yo. Igual que yo deben haber pensado los Hnos. Castro.
Si el régimen de los Castro en Cuba se derrumba… se derrumbaría, en SEGUNDOS, el régimen de los Castro en Venezuela. Los venezolanos serían libres nuevamente. Por analogía, si algunos (la mayoría) de los senadores y representantes (diputados de la cámara baja del congreso norteamericano) estuvieran interesados, de verdad-verdad, en liberar a Venezuela… y a Cuba, intentarían ejercer presión sobre el presidente de turno en Estados Unidos, para que – llegado el momento de la siguiente evaluación – aceptara la aplicación del Capítulo III de la Ley Helms-Burton. Es evidente, sin embargo, que NO HAY VOLUNTAD POLÍTICA para liberar ni a Venezuela ni a Cuba: ¡así de sencilla es la guarandinga!
Ahora bien. Millones y millones de venezolanos han sido ADOCTRINADOS con el cuento chino ese que sugiere unas sanciones quirúrgicas a través de las cuales se afecten a los lacayos del régimen de los Hnos. Castro en Venezuela, pero SIN AFECTAR AL PUEBLO EN GENERAL. Tal cosa es una ilusión óptica… un espejismo: ¡una utopía de marca mayor!
No existe tal cosa. Unas sanciones que – VERDADERAMENTE – afecten a un determinado régimen tiránico, afectaría… necesariamente, al resto de la población. Esos son los “daños colaterales”, el sacrificio que el pueblo tiene que soportar para liberarse.
Un Capítulo III aplicado a Venezuela, por ejemplo, sería MORTAL PARA EL RÉGIMEN. En lo que los embarques de TODO dejen de llegar al país, el pueblo se tiraría a las calles… como sea, lo que produciría, SIN LUGAR A LA MENOR DUDA, una implosión militar que eliminaría de cuajo el mal. Las desbastadoras consecuencias que produciría una especie de Capítulo III en Venezuela, se acabarían en el mismo instante en que el régimen de los Hnos. Castro sea defenestrado por la acción conjunta, cívico-militar. Una especie de Capítulo III, por supuesto, ayudaría muchísimo.
Claro. En lo que se asomen unas sanciones que el régimen entendiera como demasiado peligrosas para su subsistencia, ahí mismito activarían a los cipayos, a los lacayos “opositores” y saldrían todos con el cuento chino que las mismas afectarían al pueblo en general. Esa “apreciación” sería repetida por los subyugados venezolanos a través de las redes sociales y el “proyecto” se anularía antes de tomar forma:
Recuerden TODOS que la libertad es sumamente costosa. Deben estar – TODOS – dispuestos a pagar su alto precio… o a acostumbrarse a vivir sin ella.